El Real Decreto-Ley 8/2014, que entra en vigor el 5 de julio de 2014, incluye novedades en materia laboral y fiscal de las cuales destacamos las siguientes:
RETENCIÓN del 15% en el IRPF para AUTÓNOMOS PROFESIONALES con menores rentas
Desde el 5 de julio de 2014, el porcentaje de retención sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales en el IRPF, que con carácter general es del 21%, será del 15% cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades del ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 € y represente más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros del trabajo y de actividades económicas obtenidos. Este porcentaje será del 7,5% cuando los rendimientos tengan derecho a deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. Para poder aplicar esta retención, los contribuyentes deberán comunicar al pagador de los rendimientos la concurrencia de dicha circunstancia, quedando obligado el pagador a conservar la comunicación debidamente firmada.
Otras medidas en materia FISCAL:
En el IRPF establece normas especiales de integración y compensación de rentas negativas derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes generadas con anterioridad a 1 de enero de 2015.
Con efectos desde 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos, las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la dación en pago o de la ejecución hipotecaria de la vivienda habitual del deudor o de su garante para la cancelación de la hipoteca estarán exentas del IRPF y de la “plusvalía municipal” (IIVTNU), siempre que no dispongan de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para afrontar el pago de la totalidad de la deuda y evitar la enajenación de la vivienda. 
Incentivos contratación personas beneficiariasSistema Nacional de Garantía Juvenil”:
Pueden ser beneficiarios del Sistema los jóvenes mayores de 16 años y menores de 25, o menores de 30 en el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y que no estén ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación,  siempre que estén inscritosen el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Establece una nueva bonificación mensual en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social (TARIFA JOVEN) por la contratación indefinida de personas beneficiarias del Sistema, efectuada desde el 05-07-2014 y hasta el 30-06-2016, siempre que se cumplan determinados requisitos.
La reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes por la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa de jóvenes también se puede aplicar a las personas beneficiarias del Sistema.
También establece una bonificación adicional para los contratos en prácticas celebrados hasta el              30-06-2016 con personas beneficiarias del Sistema, para conseguir un incentivo del 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante toda la vigencia del contrato.
OTROS INCENTIVOS a la contratación:
Extiende las reducciones de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes a la Seguridad Social por contratación indefinida previstas en el Real Decreto-Ley 3/2014 a las personas que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo de las cooperativas, o como socios trabajadores de las sociedades laborales.
A partir del día 1 de agosto de 2014, las prácticas curriculares externas realizadas por los estudiantes universitarios y de formación profesional, que tienen el carácter exclusivamente de asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su integración en el Régimen General, tendrán  una bonificación del 100% en la cotización a la Seguridad Social.
Para cualquier aclaración o ampliación pueden contactar con nuestro despacho.

Atentamente,
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