Dada la dificultad de inserción laboral del colectivo de personas con discapacidad, actualmente su contratación se beneficia de una serie de incentivos.

De cara a la administración, la empresa que cuente en su plantilla con una cuota del 2% de personas con discapacidad, tendrá preferencia para la adjudicación de contratos del sector público.

Además, los contratos indefinidos y a tiempo completo reciben una serie de bonificaciones, que van desde los 4.500€ anuales para el caso de contratación de trabajadores menores de 45 años y con una discapacidad superior al 33% o los 5.100€ si se trata de una discapacidad severa, hasta los 5.350 € si se trata de mujeres o los 5.950 € para mujeres con discapacidad severa, pudiendo llegar a los 5.700€ para contratos a discapacitados mayores de 45 años o 6.300€ anuales si, además de ser mayores de 45 años, tienen una discapacidad severa, es decir, personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33 % y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 %.

Por otra parte, existe la posibilidad de contratar a trabajadores con discapacidad mediante un contrato de formación, para el cual, al contar el trabajador con una discapacidad reconocida, no se le aplicará ningún límite de edad. En este supuesto, se le aplicará al empresario la bonificación del 100% de los seguros sociales mientras dure el contrato.

Los requisitos que debe cumplir el trabajador para poder acceder a cualquiera de estas ayudas son contar con una discapacidad reconocida del 33% o superior, estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y no haber estado vinculado con la misma empresa en los 24 meses inmediatamente anteriores.

Además, este tipo de contratos aporta un beneficio a nivel humano, pero también cuenta con el beneficio de ofrecer, de cara a la sociedad, una Responsabilidad Social Empresarial.

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