Reducción del rendimiento neto de las actividades económicas por
mantenimiento o creación del empleo.
También se prorroga durante un año más la reducción del rendimiento neto de las
actividades económicas. Recordamos que este beneficio fiscal consiste en que si
el empresario o profesional mantiene empleo en 2012 respecto a 2008, podrá
reducir los rendimientos netos positivos de la actividad un 20%, siempre que los
rendimientos se declaren por el empresario o profesional, la cifra de negocios sea
inferior a 5.000.000 € y la plantilla media no alcance 25 empleados. El importe de
la reducción no podrá ser superior al 50% del importe de las retribuciones
satisfechas en el ejercicio al conjunto de los trabajadores
Deducción por inversión en vivienda habitual y por las cantidades depositadas.
Se recupera esta deducción para todos los contribuyentes del Impuesto eliminando,
por lo tanto, la redacción vigente en 2011 que impedía o limitaba la deducción a partir
de ciertos niveles de renta.
• Deducción estatal del 7,5% de las cantidades satisfechas en el período de
que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual (la parte
autonómica de la deducción, salvo que la Comunidad haya establecido otro
porcentaje será también del 7,5%).
• La base máxima de la deducción es de 9.040 euros.
• Se mantiene en los mismos términos que para 2011 la deducción por
inversión en vivienda habitual para los contribuyentes que efectúen obras e
instalaciones de adecuación en la misma, incluidos los elementos comunes del
edificio y los que sirvan de paso necesario entre la finca y la vía pública.
Recordemos que, en este caso los porcentajes estatal y autonómico son del
10% (deducción 20%) y la base máxima de 12.080 euros/año.
Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo.
• Este incentivo, paralelo al regulado para los empresarios o profesionales en
términos de reducción del rendimiento neto, se prórroga, hasta 2012. De tal
manera que, para los períodos impositivos iniciados dentro del año 2012, estas
entidades aplican el tipo de gravamen del 20% sobre los primeros 300.000 € de
base imponible y el 25% por el exceso sobre dicho importe cuando el importe neto
de la cifra de negocios sea inferior a 5.000.000 € y la plantilla media no llegue a 25
empleados, siempre que, al menos, se mantenga plantilla en el ejercicio iniciado
en 2012 respecto a los 12 meses anteriores al inicio del primer período impositivo
iniciado en 2009.
Tipo de gravamen para las entregas de viviendas
El tipo de gravamen superreducido del 4% que se reguló para las adquisiciones de
vivienda a partir del día 20 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2011, se
mantiene hasta el 31 de diciembre de 2012.
Se retrasa la ampliación del descanso por paternidad. La ampliación de la baja por paternidad hasta cuatro semanas, que estaba previsto que entrase en vigor el 1 de enero de 2012, se ha pospuesto al 1 de enero de 2013. Durante este año se mantiene la misma duración que hasta ahora, es decir, 13 días ampliables a 20 en caso de familias numerosas, que adquieran esa condición con el nuevo miembro o en las que haya algún discapacitado (Disp. Final Octava del RD-Ley 20/2011).
Gravamen complementario a la cuota íntegra estatal
• La subida transitoria (2012 y 2013), mediante la nueva escala aplicable a la base
liquidable general va desde un 0,75%, para las rentas más bajas, hasta un 7%
para las rentas más elevadas, añadiéndose un tramo más respecto a los que tiene
la tarifa estatal normal
El Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (BOE 31-12-2011 – 75 páginas), introduce modificaciones a la Ley del Impuesto de Sociedades y a la del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la que se eleva con carácter general del 19% al 21% la retención de la mayoría de  productos vinculados al ahorro.
Entre ellos figuran los rendimientos del capital mobiliario, las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva (fondos de inversión y planes de pensiones). La subida de la retención del 19% al 21% se extiende a los rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes urbanos y los que se obtengan como consecuencia de la participación en juegos, concursos o rifas, incluso, a los  que procedan de la propiedad industrial y de la cesión de derechos de imagen.
El aumento de las retenciones se extiende, asimismo, a los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. 
 El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,38 euros/día o 641,40 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.
En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel.
Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata.

Según el informe publicado ayer (02-01-2012) por la Sociedad de Tasación el precio medio de la vivienda nueva libre cayó un 4% en 2011 y en 2012 continuará con la tendencia a la baja iniciada en 2008; dicha sociedad  revela que el pasado ejercicio se iniciaron 81.000 casas. El precio de la vivienda nueva de tipo medio en las capitales de provincia se situó en junio en los 2.376 euros por metro cuadrado construido, con lo que el valor de una casa de 90 metros cuadrados vale unos 213.840 euros