Deducción por inversión en vivienda habitual y por las cantidades depositadas.
Se recupera esta deducción para todos los contribuyentes del Impuesto eliminando,
por lo tanto, la redacción vigente en 2011 que impedía o limitaba la deducción a partir
de ciertos niveles de renta.
• Deducción estatal del 7,5% de las cantidades satisfechas en el período de
que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual (la parte
autonómica de la deducción, salvo que la Comunidad haya establecido otro
porcentaje será también del 7,5%).
• La base máxima de la deducción es de 9.040 euros.
• Se mantiene en los mismos términos que para 2011 la deducción por
inversión en vivienda habitual para los contribuyentes que efectúen obras e
instalaciones de adecuación en la misma, incluidos los elementos comunes del
edificio y los que sirvan de paso necesario entre la finca y la vía pública.
Recordemos que, en este caso los porcentajes estatal y autonómico son del
10% (deducción 20%) y la base máxima de 12.080 euros/año.
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