Para evitar «regalar» dinero a Hacienda es importante repasar las deducciones que nos corresponden y que el borrador muchas veces no incluye por falta de datos
Solicitamos
el borrador de la declaración de la renta 2012, nos sale a devolver una cantidad y nos conformamos con esta liquidación. No obstante, conviene siempre revisar el documento para evitar los errores más comunes y no dejar pasar deducciones que nos corresponden y que la Agencia Tributaria no ha incluido por
no disponer de los datos o simplemente no tener registrados diferentes cambios en nuestras circunstancias personales. Estas son las casillas que hay que repasar para evitar «regalar» dinero a Hacienda:
-Deducción por alquiler de vivienda habitual: Los contribuyentes podrán deducirse desde el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Los arrendadores podrán reducir hasta el 100% cuando alquilen una casa a menores de 30 años. Las deducciones por comunidades son compatibles con la estatal.
-Compra de vivienda habitual: Último año en que se mantiene la deducción del 15% con un máximo de 9.040 euros.Muchas comunidades también permiten la desgravación por compra de inmueble, en numerosos casos, para jóvenes menores de 35 años.
-Rehabilitación de vivienda: Siempre y cuando se trata de obras que supongan un ahorro energético o bien mejoren la higiene y salud del medio ambiente con un límite en la base imponible inferior a 53.007,20 euros anuales.
-Planes de pensiones: Pueden suponer un ahorro de entre un 24,75% y un 52% de la inversión realizada. El límite que se puede aportar es de 10.000 euros y hasta 12.500 euros cuando se tienen más de 50 años.
-Colegios profesionales: Las cuotas satisfechas serán deducibles con un límite de 500 euros anuales. Solo se tendrá en cuenta cuando la colegiación sea de carácter obligatorio.
-Deducciones por maternidad: Las madres trabajadores pueden deducirse hasta 1.200 euros por cada hijo nacido hasta los tres años. Para evitar errores a la hora de hacer la declaración, las madres pueden optar por pedir de forma anticipada el cobro de 100 euros mensuales a través del modelo 140 de la Agencia Tributaria.
-Por nacimiento o adopción de hijo: Algunas comunidades ofrecen la posibilidad de descuentos que varían en función del número de hijos y de si se trata de familia monoparental o numerosa.
-Cuenta ahorro-empresa: Es posible deducir el 15% de lo aportado con un límite de 9.000 euros. Cada contribuyente sólo podrá mantener una cuenta ahorro-empresa.
-Ascendientes que convivan con el contribuyente: Han de tener 65 años o más o tener acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%. No podrán haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros..
-Gastos de defensa jurídica: Pueden aplicarse solo cuando se deriven de litigios en contribuyente con entidad de la que percibe los rendimientos del trabajo y con un límite de 300 euros anuales.
Si ya hemos confirmado el borrador también hay marcha atrás. El contribuyente podrá reclamar a Hacienda la rectificación de su autoliquidación con un plazo de cuatro años. Los errores tendrán que ser acreditados y justificados.
Información de:
http://www.abc.es/economia/20130422/abci-casillas-revisar-declaracion-renta-201304191748.html
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gracias por la información.
bss